Condiciones generales de venta y Estatuto de distribución
Los productos de la sociedad ACTIVA son complementos alimenticios y, en tal calidad, no pueden tener un efecto curativo o preventivo. Toda asimilación a este tipo de acción no será más que pura ficción. Los complementos alimenticios deben utilizarse en el marco de una alimentación equilibrada.
Artículo 1 – Aplicación y oponibilidad de las condiciones generales de venta
Las presentes condiciones generales de venta se aplican a toda venta de productos o servicios concluida entre la sociedad ACTIVA (en adelante denominada «la sociedad») y sus clientes.
Estas se encuentran impresas en el reverso de cada factura y/o de cada listado de facturas.
El hecho de realizar un pedido o de aceptar las mercancías pedidas implica la plena adhesión, sin reserva, del cliente a las condiciones generales de venta, con exclusión de cualesquiera otros documentos, tales como folletos o catálogos, que no tienen ni pueden tener más que un valor indicativo.
Pudiendo el cliente elegir a su proveedor en cualquier momento, ninguna condición particular puede prevalecer sobre las condiciones generales de venta sin la aceptación formal y por escrito de la Sociedad.
El hecho de que la Sociedad no haga uso, en un momento dado, de cualquiera de las presentes condiciones generales de venta no debe interpretarse como una renuncia a hacer valer posteriormente cualquiera de dichas condiciones.
En caso de acuerdos particulares previstos contractual y formalmente por escrito entre la Sociedad y el cliente, dichos acuerdos podrán derogar ciertas disposiciones, las cuales permanecerán aplicables en todo aquello que no sea contrario.
Las presentes condiciones generales de venta son aplicables en todo el territorio francés y en la Comunidad Europea.
Artículo 2 – Litigios – Atribución de competencia
A menos que la sociedad prefiera introducir otra jurisdicción competente, el Tribunal de Comercio o el Tribunal de Gran Instancia del domicilio social de la Sociedad será el único competente en caso de litigio de cualquier naturaleza relativo a una prestación o a un pago, cualesquiera que sean las condiciones de venta y el modo de pago.
La interpretación y la ejecución de las presentes condiciones generales de venta, así como los actos que de ellas se deriven, están sometidos exclusivamente al derecho francés, salvo armonización entre los directivos de la Comunidad Europea.
Artículo 3 – Pedido
Los pedidos son definitivos desde el momento en que se transmiten a la Sociedad por cualquier medio. Según el uso de la profesión, los pedidos son realizados por el cliente y recibidos por la Sociedad; ya sea por teléfono, fax o correo, y salvo derogación de este uso, dan lugar a un pedido por escrito.
Cuando lo considere necesario y para salvaguardar sus intereses, la Sociedad se reserva el derecho de derogar esto sin previo aviso.
Toda modificación o anulación de pedido no podrá ser tomada en consideración. La aceptación del pedido por parte de la Sociedad resulta de la expedición de los productos al cliente, salvo en el caso de prestación de servicios, que podrá ser objeto de un contrato particular y autónomo.
Todo pedido implica la aceptación de las condiciones generales de venta.
Artículo 4 – Ejecución del pedido
Los pedidos se sirven en función de la disponibilidad, pudiendo la Sociedad realizar envíos globales o parciales.
Los envíos se efectúan mediante entrega directa de los productos al cliente, o mediante el envío de dichos productos en paquetes cerrados por un expedidor o transportista al domicilio del cliente. El paquete suele ir acompañado de un albarán de entrega o una factura.
Los envíos se realizan en los locales del cliente, quien tiene la obligación de recepcionarlos. El compromiso por el cual el cliente solicita a la sociedad o al transportista que deposite el o los paquetes en cualquier otro lugar no cerrado, debido a su ausencia o cierre de su establecimiento, exime a la Sociedad de toda responsabilidad en caso de robo, daño o accidente.
Los plazos de entrega o expedición se dan siempre a título meramente indicativo y su incumplimiento no puede, en ningún caso, dar lugar a resolución del contrato o a indemnización.
Artículo 5 – Recepción
Sin perjuicio de las disposiciones que deban tomarse frente al transportista, las reclamaciones sobre los defectos evidentes o sobre la no conformidad del producto entregado respecto al producto pedido deben formularse por escrito en un plazo de ocho días a partir de la entrega efectiva de los productos.
En caso de daño aparente o no conformidad de los productos entregados respecto a los productos pedidos, debidamente constatado por la Sociedad, el cliente podrá obtener el reemplazo de los productos, excluyéndose toda indemnización o daños y perjuicios. Por otra parte, los embalajes retornables, con la marca de la Sociedad, deben ser restituidos en buen estado, sin gastos, a sus empleados, representantes o mandatarios en un plazo máximo de ocho días tras la entrega.
Solo pueden utilizarse para los productos vendidos por la Sociedad, de los cuales son propiedad exclusiva.
Artículo 6 – Incumplimiento del pedido
La aparición de un caso de fuerza mayor tiene por efecto suspender la ejecución de las obligaciones contractuales de la Sociedad. Constituyen, notablemente, casos de fuerza mayor: guerras, disturbios, incendios, huelgas totales o parciales que obstaculicen el buen funcionamiento de la sociedad, accidentes, incidentes técnicos o cualquier hecho similar, así como la propia imposibilidad de recibir suministros.
Si el cliente puede elegir a su proveedor en cualquier momento, la Sociedad se reserva el derecho de negarse a entablar cualquier nueva relación contractual y, por lo tanto, a ejecutar cualquier nuevo pedido en el caso de que el cliente no estuviera al día con sus obligaciones de pago frente a la Sociedad.
Artículo 7 – Devoluciones
Toda devolución de producto debe ser objeto de un acuerdo formal entre la Sociedad y el cliente. Cualquier producto devuelto sin dicho acuerdo se pondrá a disposición del cliente y no dará lugar a la creación de una nota de crédito.
Cualquier devolución aceptada por la empresa resultará en la creación de una nota de crédito a favor del cliente tras la verificación cualitativa y cuantitativa de los productos por parte de la Sociedad, a condición de que dichos productos vayan acompañados de la justificación o justificaciones correspondientes.
No se aceptará ninguna devolución si al producto le queda una fecha de caducidad igual o inferior a seis meses, fecha calculada a partir de la fecha de la propuesta de devolución realizada por el cliente a la Sociedad.
En cualquier circunstancia, ningún producto devuelto que no sea apto para la venta será tomado en condiciones más ventajosas que aquellas aplicadas a la Sociedad por su proveedor.
Los gastos y riesgos de la devolución corren a cargo del cliente.
Artículo 8 – Garantía
Los productos están garantizados contra todo defecto de material o de fabricación, desde la fecha de entrega y durante el periodo definido por el certificado de garantía inherente al producto.
Las intervenciones efectuadas en virtud de la garantía no podrán tener por efecto prolongar la duración de la misma.
En virtud de esta garantía, la única obligación que incumbe a la Sociedad será el reemplazo gratuito o la reparación del elemento reconocido como defectuoso por sus servicios.
Para beneficiarse de la garantía, todo producto debe estar previamente sometido al servicio posventa de la Sociedad, cuyo acuerdo es indispensable para cualquier reemplazo. Los eventuales gastos de envío corren a cargo del cliente.
Quedan igualmente excluidos los defectos y deterioros provocados por el desgaste natural o por un accidente exterior (mantenimiento defectuoso, utilización anormal) o por una modificación del producto no prevista o especificada por la Sociedad.
Artículo 9 – Transferencia de riesgos
No obstante las disposiciones del artículo 10 subsiguientes, las mercancías viajan en todos los casos bajo el riesgo y peligro del cliente, al cual le corresponde, en caso de avería o falta, realizar todas las constataciones necesarias y confirmar sus reservas según las disposiciones del artículo 105 del Código de Comercio.
Artículo 10 – Cláusula de reserva de propiedad
La transferencia de propiedad está subordinada al pago íntegro de las mercancías entregadas.
La Sociedad pretende hacer valer la cláusula de reserva de propiedad en el marco de las disposiciones de los artículos 121 y 122 de la Ley n° 85-98 del 25 de enero de 1985 y por derogación de las disposiciones del artículo 1583 del Código Civil.
La reserva de propiedad se aplica incluso si se han concedido aplazamientos de pago excepcionales al adquirente.
Se presume que todas las mercancías en stock son aquellas impagadas.
La responsabilidad de la conservación de las mercancías se transfiere al comprador desde su envío.
Artículo 11 – Precio
Las mercancías se suministran al precio vigente en el momento del envío, y/o al precio determinado por las disposiciones legislativas y/o reglamentarias aplicables a las mercancías concernidas por dichas disposiciones.
Las tarifas pueden ser modificadas sin previo aviso, salvo compromisos contractuales por nuestra parte con el adquirente.
Se entiende que los precios no incluyen impuestos a la salida de la Sociedad, sobre la base de las tarifas comunicadas al cliente; los diferentes tipos de IVA se aplican a las diferentes categorías de productos según la legislación vigente.
Solo el impuesto correspondiente al precio efectivamente pagado da derecho a deducción.
Los clientes son los únicos responsables de fijar sus propios precios de venta y de la publicidad de dichos precios.
Artículo 12 – Facturación
Las facturas, según la categoría de clientes, pueden agruparse en extractos semanales, decenales, quincenales o mensuales; mencionando la fecha de vencimiento de pago, cuyo punto de partida es el final del periodo de reagrupación.
No obstante, en caso de pago al contado en la entrega, cada factura es exigible inmediatamente y sin demora desde la entrega de los productos al cliente, lo que implica que, sin pago, la mercancía no será entregada.
Artículo 13 – Modalidades de pago
Las condiciones de pago son las vigentes en el momento del envío, a condición de que el cliente esté al día en sus obligaciones de pago frente a la Sociedad.
Las facturas o extractos de facturas son pagaderos en la oficina central de la Sociedad.
Las facturas emitidas por la Sociedad para facilitar el pago no constituyen en ningún caso una novación de este lugar de pago.
Los descuentos, rebajas y ventajas comerciales y financieras, asimilados a cualquier tipo y sujetos a la escala comunicada al cliente previa solicitud, solo son exigibles bajo la condición expresa de que la Sociedad haya recibido efectivamente, en los plazos acordados, la totalidad de todas las sumas debidas por el cliente.
El importe de las facturas o declaraciones de facturas en ningún caso puede ser reducido unilateralmente por el cliente con sumas que eventualmente pudieran serle debidas por la Sociedad, la cual se reserva el derecho de recuperar por cualquier medio, a expensas del cliente, las sumas así deducidas.
En ningún caso los pagos o métodos de pago pueden suspenderse o modificarse, ni ser objeto de ninguna compensación, sea cual sea, sin el acuerdo previo y por escrito de la Sociedad.
Siempre que el cliente esté al día en sus obligaciones de pago frente a la Sociedad, o siempre que dichas obligaciones de pago no hayan sido objeto de más de dos ajustes en el transcurso de un año natural, las mercancías serán pagaderas en un plazo de treinta días a fin de mes (fecha de extracto), sin recargos, o mediante un descuento a título muy excepcional y, efectivamente, más allá de los treinta días de fin de mes, más recargos cuya tasa anual sin impuestos no pueda ser inferior a la tasa de interés legal vigente en la fecha de facturación aumentada en un uno por ciento por año; esto podrá ser expresamente otorgado por la Sociedad al cliente si este se enfrenta, en el ejercicio de su profesión, a un imprevisto coyuntural que no ponga en duda la economía general y/o la existencia de su fondo de comercio.
Cualquier deterioro del crédito del comprador podrá justificar en cualquier momento, en función de los riesgos asumidos, la fijación de un límite de crédito, la modificación de las condiciones de pago concedidas, un pago al contado o ciertas garantías. Este será notablemente el caso si una cesión, arrendamiento, hipoteca o aporte de su fondo de comercio tiene un efecto adverso en el crédito del comprador.
En caso de pago diferido o a plazos, constituye pago en el sentido de este artículo no la simple entrega de un título negociable o de un cheque que implique la obligación de pagar, sino su liquidación efectiva al vencimiento acordado.
Artículo 14 – Incidentes de pago
La Sociedad se reserva el derecho de no efectuar futuros envíos en caso de impago de una sola factura o de un solo extracto a su vencimiento, 48 horas después de que una solicitud haya sido enviada al cliente por carta certificada con acuse de recibo y haya quedado sin efecto. Durante este tiempo, la Sociedad se reserva el derecho de no continuar sus relaciones comerciales con el cliente, salvo contra el pago al contado de cada envío.
En todo momento, la Sociedad se reserva el derecho de fijar un límite de crédito al cliente, de modificar las condiciones de pago que le han sido otorgadas, de presentarle pagarés para su aceptación y de reclamarlos en caso de ausencia de aceptación o de pago al vencimiento.
De conformidad con el artículo 33 de la ordenanza n° 86-1243 del 1 de diciembre de 1986, se aplican sanciones por demora en caso de que las sumas adeudadas se paguen después de la fecha de pago que figura en la factura, cuando esto ocurre más allá del plazo establecido por las presentes condiciones generales de venta.
Estas sanciones son de un importe al menos equivalente al resultante de la aplicación de una tasa igual a una vez y media la tasa de interés legal en la fecha de vencimiento. Estos intereses se computan desde el día del vencimiento hasta el día del pago efectivo.
Asimismo, toda falta de pago en fecha supone la caducidad del plazo para la totalidad de la deuda del cliente, ya sean las sumas debidas exigibles o por vencer; el monto de las sumas adeudadas se verá incrementado, a título de cláusula penal, por una indemnización fijada globalmente en el diez por ciento de dichas sumas, todos los impuestos incluidos.
Se considera falta de pago, en caso de pago mediante papel comercial, la falta de devolución de la factura quince días antes de su vencimiento, lo que se considera una falta de aceptación.
Todo pago parcial se imputa primero a los intereses, luego al capital, de conformidad con las disposiciones del artículo 1254 del Código Civil.
En cuanto a los costes ocasionados por la recuperación judicial de las sumas adeudadas por el cliente, estos correrán a su cargo.
Por acuerdo expreso, en caso de quiebra o liquidación judicial del comprador, el monto aún no saldado de las facturas que la Sociedad pudiera haber emitido por servicios prestados a su favor (cooperación comercial, etc.) se compensará de pleno derecho con las sumas que resten por deber.
Artículo 15 – Resolución del contrato por impago
En caso de incumplimiento de pago, y cuarenta y ocho horas después de que una notificación formal haya resultado inútil, la venta quedará resuelta de pleno derecho y la Sociedad exigirá, a expensas del cliente, la devolución de las mercancías entregadas y no pagadas, sin perjuicio de cualquier otro daño y perjuicio. La resolución afectará no solo a la compra en cuestión, sino también a todos los pedidos impagados anteriores, ya hayan sido entregados o estén en curso de entrega, y tanto si su pago es exigible como si no.
Artículo 16 –
El sitio web www.laboratoiresactiva.com está diseñado, administrado y explotado por la empresa Activa, número SIRET 42421117500015 y RCS París, cuyo domicilio social se encuentra en 48 rue de Ponthieu 75008 París. Puede comunicarse con la compañía por teléfono al número indicado en el sitio: 0825092192. El director de la publicación es el Sr. VERET Amalric, quien es también el representante legal de la estructura.
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La empresa Activa no se hace responsable del contenido de los comentarios realizados por los usuarios de Internet sobre sus productos ni de cualquier otra posible publicidad falsa. Depende de cada usuario realizar cualquier verificación necesaria respecto a la información proporcionada en relación con la calidad del producto sobre el que se opina. En caso de problema de salud que requiera tratamiento médico, es aconsejable consultar a un médico o a cualquier profesional de la salud autorizado.
NORMAS DE DISTRIBUCIÓN
La empresa ACTIVA (en adelante denominada «ACTIVA»), creada en 1999, se especializa en la fabricación, envasado y distribución de complementos alimenticios nutricionales.
Estos complementos son una gama de complejos activos naturales en forma de microgránulos, cápsulas y comprimidos que tienen como objetivo mejorar el bienestar del organismo y aportar confort.
La calidad siempre ha sido inseparable de los productos ACTIVA (en adelante denominados «Productos») y le ha permitido desarrollar su área de intervención en los últimos años. Esta voluntad de afirmar su enfoque dio como resultado la certificación ISO 9001/2008.
Con el fin de garantizar un producto de calidad y a efectos de preservar su notoriedad, los Productos solo pueden venderse bajo la responsabilidad de un socio competente que garantice la imagen de estos productos.
En estas condiciones, los distribuidores que deseen revender productos ACTIVA deben aceptar comprometerse a respetar los valores de ACTIVA tal como se definen en el marco de esta carta de distribución.
Artículo 1 – Objeto de la presente carta
La presente tiene por objeto definir los valores a los que los distribuidores deben adherirse para poder revender los productos comercializados por ACTIVA bajo sus propias marcas.
El DISTRIBUIDOR que desee revender los productos de ACTIVA se compromete a respetar los términos de la presente carta durante toda la duración de la relación comercial con ACTIVA.
Artículo 2 – Documentos contractuales
Las relaciones entre ACTIVA y el DISTRIBUIDOR se rigen por la presente carta, así como por las Condiciones Generales de Venta de ACTIVA. El DISTRIBUIDOR reconoce haber tenido conocimiento de las Condiciones Generales de Venta de ACTIVA y haber aceptado sus términos sin reserva.
Artículo 3 – Los valores
Para poder ser DISTRIBUIDORES, el distribuidor debe respetar, a contar desde la fecha de firma de la presente Carta y durante toda la duración de las relaciones comerciales con ACTIVA, el conjunto de valores descritos a continuación:
- 1- Presentación de productos
ACTIVA comercializa productos de alta calidad gestionando la totalidad de la producción, desde los aprovisionamientos (activos, excipientes, acondicionamiento) y los protocolos de ensamblaje (dosificación, mezcla/compresión) hasta la salida de productos terminados y acondicionados.
En cada etapa, desde la concepción hasta la comercialización, se establecen procedimientos definidos en un pliego de condiciones.
La fabricación de los complejos se efectúa siguiendo las normas más estrictas para garantizar la seguridad y la trazabilidad (certificaciones 9001 y directiva europea 2002/46, FDA).
Dentro de una búsqueda de exigencia, los productos se fabrican en Francia en una unidad conforme a las normas aplicables.
A fin de preservar esta imagen cualitativa, el DISTRIBUIDOR se compromete a presentar los productos en un espacio dedicado exclusivamente a los complementos alimenticios.
Este espacio debe garantizar, por su situación y diseño, una presentación gratificante de los productos y evitar cualquier desnaturalización, depreciación o desvalorización de los productos y de su imagen.
El punto de venta del DISTRIBUIDOR debe estar equipado en un entorno saludable, que no sea susceptible de atentar contra la imagen de estos productos.
En el marco de la distribución por internet, el DISTRIBUIDOR deberá respetar las mismas condiciones de presentación de los productos que las mencionadas anteriormente para los puntos de venta físicos.
El sitio web del DISTRIBUIDOR deberá permitir a los consumidores obtener la información técnica y de marketing adecuada sobre los productos.
De manera general, el DISTRIBUIDOR deberá respetar la reglamentación vigente en materia de complementos alimenticios y las alegaciones de salud conformes a la legislación.
El DISTRIBUIDOR se abstiene, en particular, de asociar los productos con términos, palabras o expresiones que no tengan vínculo directo con el tipo de productos y que no respeten la imagen cualitativa de estos últimos.
- 2- Garantía de asesoramiento de calidad a los consumidores
Teniendo en cuenta la especificidad de los productos, el DISTRIBUIDOR se compromete, para cada uno de sus puntos de venta, a garantizar la presencia de personal cualificado capaz de asesorar al consumidor en su elección de complementos alimenticios y de aportarle la mejor información sobre cada producto comercializado por ACTIVA, así como sobre las exigencias de ACTIVA en cuanto a la selección de sus productos.
- 3- Venta de productos
El DISTRIBUIDOR se compromete a respetar los consejos en materia de marketing que ACTIVA pudiera formular para la presentación de los productos.
En cualquier caso, el DISTRIBUIDOR se compromete a respetar las guías de estilo (cartas gráficas) de las marcas de ACTIVA durante la venta de los productos. Toda publicidad realizada por el DISTRIBUIDOR que mencione los productos deberá respetar la identidad visual de ACTIVA.
En el marco de la venta de los productos, el DISTRIBUIDOR se abstendrá de realizar iniciativas promocionales que desprecien la imagen de los productos. El DISTRIBUIDOR se compromete, en particular, a no utilizar los productos en el marco de prácticas promocionales que consistan en atraer a los consumidores con ofertas comerciales sobre productos cuando estos no se encuentren disponibles en cantidades suficientes en stock.
Todas las ventas a través de internet requieren un acuerdo previo de ACTIVA a fin de preservar la imagen del laboratorio.
- 4- Condiciones financieras de reventa de los productos
- 5- No exclusividad del DISTRIBUIDOR
- 6- Responsabilidad y sanción
- 7- Derecho de propiedad intelectual
- 8- Derecho aplicable y cláusula de atribución de competencia
El DISTRIBUIDOR no podrá revender los productos a pérdida.
El DISTRIBUIDOR deberá asumir por sí solo los riesgos de su explotación, sin que pueda existir vínculo alguno de subordinación o sociedad de hecho entre el DISTRIBUIDOR y ACTIVA.
El DISTRIBUIDOR es totalmente independiente y único responsable de la dirección y gestión de su empresa. Deberá, en particular, asegurar el conjunto de obligaciones y responsabilidades derivadas de la contratación de sus asalariados, así como todas las formalidades legales y reglamentarias de orden fiscal, social y contable, sin que ACTIVA pueda intervenir de modo alguno.
El DISTRIBUIDOR se compromete a revender los productos únicamente a consumidores establecidos en Francia.
La condición de DISTRIBUIDOR no confiere ninguna exclusividad sobre la comercialización de los productos.
El incumplimiento de los valores, condiciones financieras y guías de estilo por parte del DISTRIBUIDOR podrá dar lugar al cese de toda relación comercial con ACTIVA.
El DISTRIBUIDOR será única y enteramente responsable de su actividad comercial y, en particular, de los daños que puedan resultar para los clientes o cualquier tercero; de sus acciones publicitarias, del incumplimiento de las obligaciones derivadas de la presente Carta, del incumplimiento de la reglamentación vigente, de la violación de obligaciones contractuales que pesen sobre él en virtud de los contratos que lo vinculen con sus propios clientes, o de cualquier otro hecho perjudicial que le sea imputable.
En consecuencia, el DISTRIBUIDOR mantendrá indemne a ACTIVA ante todas las eventuales condenas que pudieran imponerse a esta última por causa de un incumplimiento imputable al DISTRIBUIDOR.
Asimismo, deberá reembolsar a ACTIVA todas las sumas que esta haya tenido que desembolsar para asegurar su defensa (gastos de procurador, abogado, judiciales, etc.) y por las cuales no hubiera podido obtener reembolso. El DISTRIBUIDOR se compromete a contratar todos los seguros obligatorios en virtud de los textos legales y reglamentarios con la compañía de seguros de su elección, cubriendo los riesgos susceptibles de derivarse de su actividad.
El DISTRIBUIDOR se abstiene, durante toda la vigencia del presente contrato y los dos (2) años siguientes a su terminación, de divulgar cualquier conocimiento de cualquier naturaleza que sea, en particular conocimientos comerciales, financieros, jurídicos o técnicos relativos a los productos y/o a ACTIVA, de los que el DISTRIBUIDOR haya tenido conocimiento durante la ejecución del presente contrato, que pueda favorecer los intereses de una empresa competidora de ACTIVA o perjudicar, aunque sea indirectamente, a esta última.
El DISTRIBUIDOR se compromete asimismo a hacer respetar esta obligación por sus empleados o por cualquier persona con la que pueda estar en contacto.
El DISTRIBUIDOR no dispone de ningún derecho de propiedad intelectual sobre los productos, las marcas bajo las que estos se comercializan, ni sobre los documentos publicitarios o de presentación proporcionados por ACTIVA.
El DISTRIBUIDOR, en la medida en que tenga conocimiento de una falsificación, imitación, uso no autorizado o acto de competencia desleal, lo comunicará sin demora a ACTIVA.
El presente contrato está sujeto al derecho francés.
Cualquier litigio que surja en relación con la presente carta y, más generalmente, con las relaciones comerciales entre el DISTRIBUIDOR y ACTIVA, será sometido a los tribunales competentes situados en la jurisdicción del domicilio social de ACTIVA.